viernes, 19 de agosto de 2011

Nombres de autoridades de Pueblos Originarios en territorio Querandí (Buenos Aires)

UNIÓN CONSEJO DE ABUELAS Y ABUELOS PARA LA ELECCIÓN






- NOMBRES DE AUTORIDADES DE PUEBLOS ORIGINARIOS EN TERRITORIO QUERANDI

(BUENOS AIRES)



Día 20 aviso previo a mayores, y

día 21 junta a horas 11:00,

en el 7º Encuentro Sikuri - Apthapi - Mathapi - Tinku

Parque Los Andes (Corrientes y Jorge Newbery)

Favor circular este aviso.



https://docs.google.com/document/pub?id=1hwYTJxDE1LLJVDE-9hJQyaIo3u9a...



POSIBLE AGENDA:



*



PROYECTO DE DECLARACIÓN



La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires vería con agrado que

el Poder Ejecutivo, proceda a reglamentar la Ley Nº 2263 de

Reconocimiento de los Pueblos originarios en la Ciudad de Buenos

Aires, sancionada en el año 2006.



Señor Presidente:



El 14 de Diciembre de 2006, la

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la Ley Nº 2263, que

tiene como objeto el reconocimiento de los integrantes de los Pueblos

Originarios que habitan la Ciudad de Buenos Aires. Dicha ley, en su

artículo 10 establece que el Poder Ejecutivo procedería a reglamentar

la norma a los noventa (90) días de ser promulgada. Hasta el día de

hoy, no se ha cumplido con esa exigencia.



Ley Nacional Nº 23302 en su

artículo 1º declara de interés nacional la atención y apoyo a los

aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país, y su

defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso

socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios

valores y modalidades. A ese fin, se implementarán planes que

permitan su acceso a la propiedad de la tierra y el fomento de su

producción agropecuaria, forestal, minera, industrial o artesanal

en cualquiera de sus especializaciones, la preservación de sus



pautas culturales en los planes de enseñanza y la protección

de la salud de sus integrantes.



La cultura de estos pueblos

constituye por tanto, un patrimonio imprescindible para nuestro país y

por ley nacional es necesaria su preservación, luego de más de 500

años de sometimiento.



En ese sentido las provincias de

Salta y Misiones, han sancionado y reglamentado sus propias leyes :

ley 6373 (Salta) y 2727 (Misiones).



En la actualidad habitan la

Ciudad de Buenos Aires más de 15000 familias descendientes de pueblos

originarios; el proceso de migración interna ha llevado a que estas

comunidades formen parte importante de su población.



Cuatro años atrás se propuso

avanzar en el reconocimiento de estas culturas a través de una ley,

que hasta el día de hoy se encuentra sin reglamentación.



Por lo expuesto, solicito la

aprobación de este proyecto.



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Buenos Aires, 14 de diciembre de 2006.-



La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires



sanciona con fuerza de Ley



LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS



EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES



CAPÍTULO I



DEFINICIÓN Y RECONOCIMIENTO



Artículo 1° - La Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de

lo establecido por el artículo 75 de la Constitución Nacional,

reconoce la preexistencia de los pueblos originarios y de sus

organizaciones, promueve la preservación de su cultura, reconoce sus

formas de organización propias, fundado en el pleno respeto de sus

valores culturales, espirituales y de sus propias modalidades de vida,

y de su cosmovisión. Asimismo propicia el desarrollo de las

capacidades y destrezas intelectuales y materiales de los pueblos

originarios.



Artículo 2° - Los ciudadanos radicados en la Ciudad de Buenos

Aires, descendientes de los pueblos originarios gozarán de los

beneficios previstos en la presente ley, para preservar y difundir sus

costumbres, cultura y lengua.



CAPÍTULO II



PADRÓN Y REGISTRO DE ORGANIZACIONES



Artículo 3° - Créase el Registro de residentes de descendientes

de los Pueblos Originarios de la Ciudad de Buenos Aires, el que

contendrá los datos personales y pueblo del que descienden. La

inscripción al registro mencionado será voluntaria.



Artículo 4° - Créase el Registro de organizaciones y comunidades

de los pueblos originarios existentes en la Ciudad de Buenos Aires,

para acceder a los beneficios de la presente ley.



Artículo 5° - El Poder Ejecutivo establecerá mediante la norma

reglamentaria los requisitos de inscripción de las organizaciones o

comunidades de los pueblos originarios.



Artículo 6° - Las Asociaciones que cuenten con personería

jurídica otorgada por la Inspección General de Justicia o

reconocimiento por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a

la fecha de promulgación de la presente serán inscriptas

automáticamente en el registro creado por el artículo 4°, siempre y

cuando sus objetivos estén enmarcados en los principios establecidos

por la presente ley.



CAPÍTULO III



COMISIÓN DE SEGUIMIENTO



CONFORMACIÓN, COMPOSICIÓN Y FACULTADES



Artículo 7° - Créase la Comisión Permanente de Preservación de

la cultura de los pueblos originarios. La misma será integrada ad

honorem por:

1. Tres (3) representantes del Poder Ejecutivo, designados

por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representando a

las áreas que están involucradas en el cumplimiento de la presente

ley.

2. Tres (3) representantes del Poder Legislativo, respetando

la proporción en que los bloques están representados en la

Legislatura.

3. Cinco (5) representantes de las organizaciones reconocidas

de los pueblos indígenas existentes en la Ciudad de Buenos Aires,

alternadamente, no pudiendo existir más de un representante por

pueblo.

4. Un (1) representante de la Defensoría del Pueblo de la

Ciudad de Buenos Aires.



Artículo 8° - Son atribuciones de la Comisión creada por el

artículo 7°.

1. Dictar su reglamento interno.

2. Verificar el cumplimiento de los objetivos establecidos en

la presente en el marco de la legislación vigente.

3. Solicitar asesoramiento jurídico, artístico y técnico.

4. Realizar toda otra acción conducente al cumplimiento de

esta ley.



CAPÍTULO IV



PRESERVACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA CULTURA



Artículo 9° - El Poder Ejecutivo con la Comisión Permanente de

Preservación de la cultura de los pueblos originarios, arbitrará los

medios correspondientes y otorgará los espacios y permisos necesarios

para la realización de actividades culturales enmarcadas en lo

dispuesto por el artículo 1°, conforme el siguiente detalle:

1. Música y danzas de los diferentes pueblos.

2. Realización de eventos relacionados con la celebración de

fiestas tradicionales, conmemoraciones y ceremonias ancestrales.

3. Realización de exposiciones de arte y artesanías.

4. Funcionamiento de ferias para la venta de obras de arte y

artesanías.

5. Impulsar proyectos para la recuperación, conservación,

defensa y difusión de la cultura de los pueblos originarios.

6. Realización de conferencias, foros, seminarios y otros

eventos que sirvan a la difusión de la cultura de los pueblos

originarios.



Artículo 11 - Comuníquese, etc.



SANTIAGO DE ESTRADA



ALICIA BELLO



LEY N° 2.263



Sanción: 14/12/2006



Promulgación: Decreto Nº 149/007 del 22/01/2007



Publicación: BOCBA N° 2614 del 29/01/2007





http://groups.google.com/group/pueblosoriginarios/browse_thread/thread/15e79c8d814f6f4d?hl=es

martes, 16 de agosto de 2011

Toma de la Escuela Agrotecnica de Humahuaca‏

PARTE DE PRENSA





http://humahuacalibre.radioteca.net/leer.php/35952

Toma del establecimiento educativo "Escuela Agrotecnica", por alumnos, padres y profesores de diferentes escuelas de la ciudad. Reclaman la devolución del Albergue estudiantil de originarios y tierras usurpadas, a las comunidades originarias de la región.



En la mañana del día Lunes 15 de agosto de 2011, muchos alumnos de distintos establecimientos educativos, acompañados de profesores, padres y personas solidarias, tomaron en forma pacífica las instalaciones de la ESCUELA AGROTECNICA, de la ciudad de Humahuaca (provincia de Jujuy). Después de muchos años de reclamos, denuncias y manifestaciones públicas, los jóvenes humahuaqueños se cansaron de esperar y organizaron esta "toma pacífica". Se animaron con mucha decisión a no abandonar esta lucha para recuperar el Albergue Estudiantil de los originarios que les pertenece, y ahora se encuentra en manos de un señor que se adjudica ser dueño y administrador de ese lugar, siendo que solamente lo usa como Hostal para beneficio propio, y no es para lo que fue creado. Indignados los alumnos y directivos de distintas escuelas solicitan que se devuelva el Albergue a las comunidades originarias y que funcione para lo cual fue construído: una residencia para jóvenes originarios que vienen de comunidades alejadas y no tienen donde vivir. Esta irregularidad ya viene de hace muchos años atrás y se realizaron diversas denuncias para que la justicia intervenga, pero hasta el día de hoy no hay ninguna solución. Por tal motivo se llega a esta toma de un establecimiento, para que la voz de los jóvenes que son los directos beneficiarios, pueda ser escuchada y de esta manera se termine la injusticia y el aprovechamiento de algunos. Asi también los alumnos manifiestan que una organización social liderada por el sr. Perro Santillan, ayudó y colaboró con la usurpación de tierras alrededor de este Albergue y defendió la ocupación ilegítima del albergue por el sr. Juarez. También se realizó la denuncia correspondiente pero no hay ningún resultado. Las comunidades originarias del pueblo Humahuaca declaron personas no gratas a estos usurpadores y aprovechadores, diciendo que muchos padres de distintos pueblos fueron los que ayudaron a construir ese Albergue para que sus hijos puedan estudiar y tener un lugar donde alojarse y ahora no pueden hacerlo porque no los dejan.

Se solicita la difusión y la colaboración de los medios de comunicación para hacer público este atropello a la comunidad de Humahuaca y se resuelva este conflicto prontamente por que hace años que se sigue resistiendo sin respuestas de ningún tipo.





Para ampliar la informacion y contactarse directamente con los protagonistas: Ministerio de Educacion Region 2 de Humahuaca Tel: 03887-421502, Vicedirector de la Escuela Agrotecnica (tomada) Prof: Ramos 0388-154872246,

Cubriendo la noticia: Radio Luna Azul de Hunahuaca 03887-421202



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Jallalla!

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Medios con Identidad

Humahuaca - Jujuy







viernes, 12 de agosto de 2011

La Primavera: "Un momento histórico para nuestra comunidad"


http://argentina.indymedia.org/news/2011/08/788691.php
Por Comunidad Potae Napocna (La Primavera) - Wednesday, Aug. 03, 2011 at 4:37 PM













El lunes 25 de julio, a un mes de nuestras elecciones, hemos tomado importantes decisiones.
Hemos estado trabajando durante muchos días para llegar a decidir cuáles serán nuestras autoridades, nuestro nombre, -nuestra ley interna expresando nuestro pensamiento.
Hombres y mujeres de distintas edades hemos debatido intensamente hasta llegar a elaborar LA LEY QOM, la forma en que hemos decidido organizarnos.

Nuestra comunidad llevará el nombre que nuestros antiguos le pusieron:
Potae Napocna (garra del oso hormiguero)
y también pusimos el nombre en qomlactaq de La Primavera
Navogoh
De modo que a partir de ahora se llama: POTAE NAPOCNA NAVOGOH

La autoridad máxima es, tal como lo decidimos el 25 de junio, nuestro líder Félix Diaz. A partir de ahora nombrado como QARACHE: líder junto a su pueblo.
Como QARATAGALA, hemos elegido a Laureano Sanagachi.
También hay seis Consejos: de ancianos, de ancianas, de jóvenas, de jóvenes, de mujeres y de varones.
Este Estatuto -Ley Qom, responde a la urgente necesidad de reorganizarnos, aquí se escribe el sentir y pensar de los hombres, las mujeres, jóvenas, jóvenes, ancianos, ancianas, niños y niñas que nos reunimos para establecer cuáles son las normas y pautas propias de nuestra organización comunitaria.

Afirmamos que nuestra constitución como comunidad se encuentra reconocida en nuestro status de pertenencia al Pueblo Qom y que la inscripción de Personería Jurídica en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas es una acto declarativo muy importante para el avance en la exigibilidad de nuestros derechos territoriales.
Nuestro principal objetivo es vivir con dignidad en nuestro territorio y hemos dado un paso muy importante en ese sentido.
Estuvieron presentes funcionarios del INAI.
comunidadlaprimavera.blogspot.com/2011/07/un-momento-historico-para-nuestra.html







 http://argentina.indymedia.org/news/2011/08/788691.php








miércoles, 3 de agosto de 2011

Agosto mes de la Pachamama: Chacha y Warmi Supay




Por Édgar Arandia

Director del Museo Nacional de Arte

http://www.la-razon.com/version.php?ArticleId=134739&EditionId=2607



El primer día de agosto, muchas personas se dirigen a la apacheta en el camino a los Yungas para ofrecer su ritual a la Pachamama. Se queman mesas y se k’oa a las montañas para agradecer los favores recibidos de la Madre Tierra. El primer viernes de agosto, el ritual se multiplica, las dos grandes laderas de La Paz se convierten en Chuqiwayu Marka, la ciudad indígena que todavía causa temor a sectores de la sociedad conservadora. La seducción de la Madre Tierra se instaló silenciosamente en muchos hogares de Bolivia que comparten el compromiso de vivir con el medio ambiente, ideologema que utilizan todos los movimientos políticos como bandera para las nuevas generaciones.

Agosto, considerado por las culturas indígenas como el mes de la Pachamama, no es apto para casarse, hacer negocios ni compromisos importantes, porque la tierra se prepara para recibir las semillas en su seno. Al abrirse, permite que de su interior emerjan el Chacha Supay y la Warmi Supay, habitantes y divinidades de la Mankha Pacha.

Su misión es desordenar el mundo, generar caos creativo para que la Madre Tierra acoja las semillas que se convertirán en alimentos para todos sus hijos e hijas. Por eso, en este mes es frecuente —aseguran los devotos— olvidarse las llaves de la casa, quemar por descuido la comida, dejar las pilas de agua abiertas; cometer errores en la oficina, y las parejas que se casan tienen muchos problemas. También se venera a la Virgen de Copacabana, a la Virgen de las Nieves, advocaciones que representan en el imaginario indígena, a la Pachamama.

A las elites neo colonizadoras les cuesta entender que la conquista nunca se consolidó, porque la cultura occidental no logró fijar sus arquetipos de manera inconmovible; el olor de la k’oa es el mejor recordatorio de que esto es así.

Durante todo el mes, los rituales son constantes en el sector conocido como Waraku Apacheta, en la carretera hacia Oruro, es otra constatación de que la religiosidad indígena está vigente, y que en su práctica ritual se incorporan las bendiciones de la tradición judeo cristiana, junto a cultos evangélicos, bajo la maravillosa presencia del Illimani. Los yatiris cargan su cruz cristiana y su cruz andina; en tanto las filas de automotores esperan pacientemente la ch’alla para que circulen por las carreteras sin percances, es decir, están pidiendo permiso para usar la tierra.

En el imaginario minero boliviano, el Tío de la mina, otrora el Supay, es una construcción a la inversa de lo que sucedió con el Tata Santiago, devenido en Tata Illapa por la apropiación indígena, en este caso, el Supay fue apropiado por los mineros españoles para convertirlo en el Diablo o Satanás cristiano, colisionando dos conceptos del mal. En tanto el Supay o Tío de la mina puede ser benefactor o negativo, porque te da o te quita los tesoros del subsuelo, el diablo cristiano es la encarnación solo del mal. Pascale Absi, en su libro Los ministros del Diablo, se remonta hasta determinar comportamientos que preceden a las decisiones políticas. El Tío es venerado en las galerías nuevas, donde aparece fumando y abrigado por serpentinas multicolores. Muchas historias se tejen sobre él, y sabemos que el origen de la Diablada, en las primeras décadas del siglo XVI, en el proceso de la evangelización, luego del Taki Unkuy, tiene que ver con esta divinidad.

Los meses del agua, coincidente con el Carnaval o Anata y el mes de agosto son dos fechas en el calendario ritual muy importantes. A propósito, el primer intento de este artículo se borró inexplicablemente y vanos fueron los esfuerzos para rescatarlo.